Objeto de la convocatoria:
Es regular la concesión de ayudas a los ayuntamientos de la Comarca de Somontano de Barbastro destinadas a la realización de actividades culturales, deportivas y de medio ambiente durante el año 2023.
Beneficiarios:
Podrán acogerse a esta convocatoria los ayuntamientos de la Comarca de Somontano. No podrán concurrir a esta convocatoria aquellos ayuntamientos que para el año en curso hayan recibido otra subvención de la Comarca de Somontano, en el ámbito cultural, deportivo o de medio ambiente.
Actividades subvencionables:
- Actividades culturales: Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos que supongan la realización de actividades culturales, desarrollados dentro del territorio comarcal, dirigidos al público en general, y que se encuadren en alguna de las siguientes modalidades: música (incluidas las actuaciones musicales de la programación de fiestas: orquestas,…) teatro, imagen, artes plásticas, publicaciones, certámenes culturales, intercambios, encuentros y en general todas aquellas actividades dirigidas al fomento de la cultura.
- Actividades deportivas: Podrán ser objeto de subvención aquellas actividades deportivas siempre que sean promovidas y organizadas directamente por los ayuntamientos, que se desarrollen en los pequeños municipios y que se encuadren en alguna de las siguientes modalidades: eventos deportivos, torneos y competiciones deportivas que fomenten la participación en los núcleos rurales, actividades encaminadas a la promoción del deporte base, escuelas deportivas etc.
No se podrá solicitar subvención para las actividades en cuya organización y desarrollo participe también la Comarca de Somontano.
- Actividades de medio ambiente: Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos de actividades que tengan como objetivo la formación, información y sensibilización de los ciudadanos y la mejora del medio ambiente del Somontano, y que se encuadren en alguna de las siguientes modalidades: fomento del reciclaje, consumo responsable, cambio climático, gestión adecuada de los residuos, fomento de voluntariado medioambiental, promoción de cultivos tradicionales, economía circular, especies silvestres y hábitats naturales, energías renovables,...
Cuantía subvencionable:
La presente convocatoria establece una cantidad fija e igual para todos los ayuntamientos solicitantes, tal y como prevé el artículo 22.1 de la Ley General de Subvenciones por el que “excepcionalmente y siempre que se prevea en las bases reguladoras, el órgano competente procederá al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global máximo destinado a las subvenciones”.
La cantidad a subvencionar se detalla a continuación:
- Actividades culturales: 4.500,00 € como máximo para municipios con un núcleo de población. Para municipios con dos o más núcleos de población podrá ampliarse esta cantidad, 800 euros por núcleo de población hasta un máximo de 1.600,00 euros. En este supuesto deberá realizarse actividad subvencionada, y justificarse su realización, en varios núcleos de población, según el importe complementario solicitado.
- Actividades deportivas: 300 euros como máximo por ayuntamiento.
- Actividades medioambientales: 300 euros como máximo por ayuntamiento.
Deberá justificarse al menos la cantidad subvencionada para recibir el 100% de la subvención. En el caso de no alcanzar la cantidad subvencionada al justificar se procederá al pago de la cantidad justificada.
Plazo de solicitudes: desde el 11 de mayo hasta el 31 de mayo de 2023.
Plazo de justificación: 15 de noviembre de 2023.