Información económica
Información económica presupuestaría y estadística indicada en la Ley de transparencia.
Artículo 8. Información económica, presupuestaria y estadística.
1. Los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título deberán hacer pública, como mínimo, la información relativa a los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria que se indican a continuación:
a) Todos los contratos, con indicación del objeto, duración, el importe de licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado para su celebración, los instrumentos a través de los que, en su caso, se ha publicitado, el número de licitadores participantes en el procedimiento y la identidad del adjudicatario, así como las modificaciones del contrato. Igualmente serán objeto de publicación las decisiones de desistimiento y renuncia de los contratos. La publicación de la información relativa a los contratos menores podrá realizarse trimestralmente. Asimismo, se publicarán datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público.
b) La relación de los convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las
prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas. Igualmente, se publicarán las encomiendas de gestión que se firmen, con indicación de su objeto, presupuesto, duración, obligaciones económicas y las subcontrataciones que se realicen con mención de los adjudicatarios, procedimiento seguido para la adjudicación e importe de la misma.
c) Las subvenciones y ayudas públicas concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios.
d) Los presupuestos, con descripción de las principales partidas presupuestarias e información actualizada y comprensible sobre su estado de ejecución y sobre el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de las Administraciones Públicas.
e) Las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control externo que sobre ellos se emitan.
f) Las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables de las entidades incluidas en el ámbito de la aplicación de este título. Igualmente, se harán públicas las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo.
g) Las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos así como las que autoricen el ejercicio de actividad privada al cese de los altos cargos de la Administración General del Estado o asimilados según la normativa autonómica o local.
h) Las declaraciones anuales de bienes y actividades de los representantes locales, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Cuando el reglamento no fije los términos en que han de hacerse públicas estas declaraciones se aplicará lo dispuesto en la normativa de conflictos de intereses en el ámbito de la Administración General del Estado. En todo caso, se omitirán los datos relativos a la localización concreta de los bienes inmuebles y se garantizará la privacidad y seguridad de sus titulares.
i) La información estadística necesaria para valorar el grado de cumplimiento y calidad de los servicios públicos que sean de su competencia, en los términos que defina cada administración competente.
2. Los sujetos mencionados en el artículo 3 deberán publicar la información a la que se refieren las letras a) y b) del apartado primero de este artículo cuando se trate de contratos o convenios celebrados con una Administración Pública. Asimismo, habrán de publicar la información prevista en la letra c) en relación a las subvenciones que reciban cuando el órgano concedente sea una Administración Pública.
3. Las Administraciones Públicas publicarán la relación de los bienes inmuebles que sean de su propiedad o sobre los que ostenten algún derecho real.
Plan estratégico de subvenciones para el periodo 2019-2022
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA COMARCA DE SOMONTANO DE BARBASTRO PARA EL PERIODO 2019-2022
Sometido a información pública el acuerdo del Consejo comarcal de esta Comarca, de fecha 25 de abril de 2019, relativo a la aprobación inicial del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comarca de Somontano de Barbastro para el periodo de 2019-2022, durante el plazo de treinta días a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia Nº. 80, de 30 de abril de 2019, no presentadas alegaciones ni sugerencias, se hace público, para conocimiento de los interesados, que el citado Plan ha quedado definitivamente aprobado, cuyo texto íntegro se reproduce en este anuncio.
Contra la aprobación definitiva del presente Plan podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Instrucciones para las operaciones de cierre contable y liquidación del ejercicio presupuestario
CONSIDERACIONES PREVIAS
En atención al artículo 163 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural y a él se imputarán los derechos que se liquiden en el ejercicio y las obligaciones reconocidas en el mismo.
A su vez el artículo 202 del TRLRHL alude a la necesidad de que el ejercicio contable coincidirá con el ejercicio presupuestario, es decir que el cierre del ejercicio contable irá referenciado en todo caso al final del año natural, en concreto al 31 de diciembre.
Por todo ello, tradicionalmente las operaciones relativas a la finalización de cada ejercicio presupuestario y el cierre del mismo han sido objeto de regulación: en el ámbito estatal por parte de la Intervención General de la Administración del Estado; en las diferentes Comunidades Autónomas a través de sus diferentes Consejerías de Hacienda; y en el ámbito local mediante Instrucciones y notas internas elaboradas por la Presidencia junto con la intervención y el área de contabilidad.
Así visto y estableciéndose que el presupuesto de cada entidad local se liquidará en cuanto a la recaudación de derechos y al pago de obligaciones, el 31 de diciembre del año natural, se atribuye a los órganos gestores de la contabilidad comarcal pertenecientes a la Intervención comarcal la competencia
para regular las operaciones de cierre contable del ejercicio con la finalidad de facilitar su gestión y ordenar el proceso de liquidación para la formación de la cuenta general.
Por lo que tomando en consideración lo expuesto se ve necesario elaborar una Instrucción propuesta por parte de la Intervención al Presidente con la finalidad de planificar todas las operaciones a fin de ejercicio presupuestario.
Estas instrucciones tienen como objetivo complementar la legislación vigente en materia de Hacienda Local y las Bases de Ejecución del Presupuesto, mediante la especificación y concreción de las operaciones y procedimientos a realizar al final del ejercicio, sobre todo teniendo en cuenta la situación actual de la contabilidad comarcal, de los medios materiales y humanos con que cuenta el departamento, teniendo en cuenta el efecto que produce la incorporación de la firma mediante certificado digital y la implantación de la administración electrónica.
Esta práctica de cumplir los plazos que se fijan a continuación, es de especial relevancia por cuanto que, la casi totalidad de la ejecución presupuestaria, debe quedar en la fase de reconocimiento de la obligación dado que no se puede garantizar la incorporación de remanentes de crédito Presupuesto, financiados a través de Remanentes de Tesorería para gastos Generales.
Concesión directa de subvenciones
Listado de ayudas concedidas directamente por la Comarca de Somontano de Barbastro
A lo largo del tiempo, las diferentes normativas han obligado a cambiar los lugares de publicación de contenidos. A continuación mostramos una relación de todos los sitios en los que puede encontrar la información publicada en cuanto a convocatorias y concesiones de subvenciones:
Convocatorias actuales publicadas en la base de datos nacional de subvenciones
Concesiones actuales directas publicadas en la base de datos nacional de subvenciones
Listado histórico de concesiones de subvenciones anteriores a 2019:
Concesión directa de subvenciones de la Comarca de Somontano en el año 2018
Concesión directa de subvenciones de la Comarca de Somontano en el año 2017
Masa salarial del personal laboral de la Comarca de Somontano de Barbastro
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 103.bis de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, se hace público el importe de la masa salarial del personal laboral de la Comarca de Somontano de Barbastro para 2021, según lo dispuesto en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
Masa Salarial Comarca de Somontano de Barbastro 2021
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 103.bis de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, se hace público el importe de la masa salarial del personal laboral de la Comarca de Somontano de Barbastro para 2017, según lo dispuesto en el art.18.2 de la Ley 3/2017, de 27 de junio de 2017, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
Masa Salarial Comarca de Somontano de Barbastro 2017
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 103.bis de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, se hace público el importe de la masa salarial del personal laboral de la Comarca de Somontano de Barbastro para 2016, según lo dispuesto en el art. 19.4 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, está integrada para el conjunto de las retribuciones salariales y extrasalariales del año 2016 y los gastos de acción social devengados por dicho personal en 2015.
Saldos y cuentas bancarias abiertas